179Las opiniones expresadas en el artículo son responsabilidad exclusiva de los autores
y no necesariamente representan la posición oficial de la USAC y sus miembros.
Impacto de la jurisprudencia de la Corte Interamericana
en relación con la libertad personal
Revista Diversidad Científica Vol. 4 No. 2 Año 2024
Artículo Científico
Impact of the Inter-American Court’s jurisprudence in relation to
personal freedom
Erminda Marisol Díaz Méndez
Doctorado en Derecho Penal y Procesal Penal
Universidad de San Carlos de Guatemala
[email protected]
https://orcid.org/0009-0004-9647-5779
Resumen
PROBLEMA: el impacto de la jurisprudencia de la Corte Interamericana sobre
la libertad personal plantea cuestiones sobre su influencia en legislaciones
nacionales, su interpretación y aplicabilidad, y posibles tensiones entre estándares
internacionales y prácticas locales. La coherencia y aceptación de sus fallos
es crucial para la protección efectiva de este derecho. OBJETIVO: analizar el
impacto que la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos
ha tenido en la protección y promoción de la libertad personal en los Estados
miembros. MÉTODO: se hará uso de una metodología inductiva, deductiva
e histórica. RESULTADOS: la jurisprudencia de la Corte Interamericana ha
fortalecido la protección de la libertad personal, resaltando la prohibición de
detenciones arbitrarias, impulsando cambios legislativos en países miembros y
reforzando estándares interamericanos, con casos emblemáticos que sientan
precedentes para futuras violaciones. CONCLUSIÓN: la jurisprudencia de la
Corte Interamericana ha sido fundamental para fortalecer la protección de la
libertad personal en América Latina. Sus decisiones han influenciado legislaciones
nacionales, promoviendo estándares más altos y combatiendo prácticas de
detención arbitraria, consolidando así derechos fundamentales en la región.
Recibido: 15/02/2024
Aceptado: 16/05/2024
Publicado: 15/07/2024
Referencia del artículo
Díaz Méndez, E. M. (2024). Impacto de la jurisprudencia de la
Corte Interamericana en relación con la libertad personal.
Revista
Diversidad Científica, 4(2), 179-192.
DOI: https://doi.org/10.36314/diversidad.v4i2.139
Revista Diversidad Científica Vol. 4 No. 2 Año 2024180
Palabras clave: libertad, derecho, jurisprudencia
Abstract
PROBLEM: The impact of the jurisprudence of the Inter-American Court
on personal freedom raises questions about its influence on national
legislations, its interpretation and applicability, and potential tensions
between international standards and local practices. The coherence and
acceptance of its rulings are crucial for the effective protection of this right.
OBJECTIVE: To analyze the impact that the jurisprudence of the Inter-
American Court of Human Rights has had on the protection and promotion
of personal freedom in member states. METHOD: An inductive, deductive,
and historical methodology will be used. RESULTS: The jurisprudence
of the Inter-American Court has strengthened the protection of personal
freedom, highlighting the prohibition of arbitrary detentions, driving
legislative changes in member countries, and reinforcing Inter-American
standards, with emblematic cases that set precedents for future violations.
CONCLUSION: The jurisprudence of the Inter-American Court has been
fundamental in strengthening the protection of personal freedom in Latin
America. Its decisions have influenced national legislations, promoting
higher standards and combating practices of arbitrary detention, thus
consolidating fundamental rights in the región.
Keywords: freedom, right, jurisprudence
Revista Diversidad Científica Vol. 4 No. 2 Año 2024181
Introducción
En el entramado jurídico internacional, la Corte Interamericana de Derechos Humanos
desempeña un papel primordial en la interpretación y aplicación de los derechos humanos en
el continente americano. Uno de los derechos más invocados y protegidos por este tribunal es
el derecho a la libertad personal, esta prerrogativa, consagrada en numerosos instrumentos
internacionales, es esencial para garantizar la dignidad y autonomía del ser humano frente a
posibles abusos estatales.
No obstante, la interpretación y aplicación de este derecho no ha sido estática, la jurisprudencia
de la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha evolucionado, adaptándose a nuevos
desafíos y realidades que enfrentan los Estados miembros de la Organización de Estados
Americanos. En este proceso evolutivo, las decisiones de la Corte han tenido un impacto
profundo no sólo en los casos particulares que decide, sino también en la comprensión y
alcance de la libertad personal a nivel continental.
Es imperativo analizar cómo la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha abordado
casos relacionados con la libertad personal y qué consecuencias ha traído su jurisprudencia
para los sistemas legales nacionales, este análisis no solo brinda una perspectiva sobre el
estado actual del derecho, sino que también ofrece una visión sobre el futuro y cómo los
países pueden adaptarse a las directrices de la Corte. La protección efectiva de la libertad
personal es indicativa del compromiso de un Estado con los derechos humanos.
Cabe destacar que, a lo largo de los años, los casos presentados ante la Corte han reflejado
una amplia gama de problemáticas, desde detenciones arbitrarias hasta desapariciones
forzadas, a través de sus decisiones, la Corte Interamericana de Derechos Humanos no solo
busca ofrecer justicia a las víctimas, sino también sentar precedentes y guiar a los Estados
en la protección y garantía de la libertad personal en un contexto democrático y respetuoso
de los derechos humanos.
Materiales y métodos
A lo largo de esa investigación, se utilizaron métodos inductivos comenzando con conceptos
específicos para alcanzar conclusiones más generales, las cuales fueron reforzadas por
el enfoque deductivo, permitiendo así obtener información precisa sobre la generalidad de
fenómenos legales. Además, se hizo uso del método histórico, principalmente para descubrir
el origen y evolución del concepto libertad personal de la mano con la jurisprudencia emanada
por la Corte Interamericana de Derechos Humanos; asimismo se consideró el enfoque
Revista Diversidad Científica Vol. 4 No. 2 Año 2024182
legislativo para evaluar las regulaciones nacionales e internacionales relacionadas con el
fenómeno estudiado.
Por otro lado, se aplicó el método comparativo con el propósito de investigar cómo diferentes
países analizan el tema de libertar personal. Estos enfoques se llevaron a cabo de forma
conjunta con el objetivo de lograr conclusiones científicamente consistentes.
Resultados y discusión
Fundamentación teórica de libertad personal en el derecho internacional
La libertad personal es un derecho humano fundamental protegido por diversas fuentes de
derecho internacional, está íntimamente vinculada con la dignidad humana y forma la base
de otros derechos y libertades fundamentales, sin embargo, la interpretación y aplicación de
este derecho en el ámbito internacional puede variar.
“La libertad sería la capacidad de hacer y no hacer todo lo que esté lícitamente permitido.
En otras palabras, constituye el derecho de toda persona de organizar, con arreglo a la
ley, su vida individual y social conforme a sus propias opciones y convicciones”. (Corte
Interamericana de Derechos Humanos, s.f., p. 6)
La libertad personal, en su esencia, implica la ausencia de detenciones o arrestos arbitrarios,
a nivel internacional, diversos tratados y convenciones, como el Pacto Internacional de
Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, reconocen
y protegen este derecho, no obstante, es en la interpretación y aplicación de este derecho
donde surgen diferencias y particularidades.
La libertad personal, en sus raíces, se deriva de conceptos filosóficos de libertad, autonomía
y dignidad humana, estas bases filosóficas reconocen a cada individuo como un fin en sí
mismo, merecedor de respeto y libre de interferencias arbitrarias. Instrumentos como el Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana sobre Derechos
Humanos, no solo establecen la libertad personal como un derecho, sino que también
proporcionan mecanismos para su protección y reparación en caso de violaciones.
Estos incluyen la presunción de inocencia, el debido proceso y el derecho a un juicio justo, la
libertad personal no solo protege contra arrestos arbitrarios, sino que también garantiza que,
si una persona es detenida, se respeten sus derechos procesales. La Corte Interamericana
Revista Diversidad Científica Vol. 4 No. 2 Año 2024183
de Derechos Humanos, ha adoptado un enfoque evolutivo, interpretando la libertad personal
a la luz de las condiciones actuales y las realidades sociales, esto ha llevado a decisiones que
reflejan y responden a los desafíos contemporáneos.
Casos como López Álvarez versus Honduras y Vélez Loor versus Panamá (2006), demuestran
cómo la Corte ha abordado problemas complejos relacionados con la libertad personal, como
la detención de migrantes y la detención preventiva prolongada.
La jurisprudencia de la Corte ha establecido estándares claros sobre lo que constituye una
detención arbitraria, la necesidad de revisiones judiciales rápidas y efectivas y los derechos
de las personas detenidas. Por tal motivo, la libertad personal, aunque claramente articulada
en instrumentos de derecho internacional, toma vida y forma a través de su interpretación y
aplicación por tribunales y cortes internacionales. La corte, en particular, ha jugado un papel
crucial en dar forma a este derecho en el continente americano, asegurando que se respete
y proteja de manera efectiva en un mundo en constante cambio.
Definición y alcances del derecho a la libertad personal
El derecho a la libertad personal es uno de los pilares fundamentales del sistema jurídico
internacional y de las constituciones nacionales, esta libertad es una prerrogativa inherente
a todo ser humano y se encuentra estrechamente vinculada con la dignidad de la persona.
“La restricción del derecho a la libertad personal, como es la detención, debe darse
únicamente por las causas y en las condiciones fijadas de antemano por las Constituciones
Políticas o por las leyes dictadas conforme a ellas (aspecto material), y además, con estricta
sujeción a los procedimientos objetivamente definidos en la misma (aspecto formal). A su
vez, la legislación que establece las causales de restricción de la libertad personal debe ser
dictada de conformidad con los principios que rigen la Convención, y ser conducente a la
efectiva observancia de las garantías en ella previstas” (Corte Interamericana de Derechos
Humanos, s.f., p. 9)
El derecho a la libertad personal, en su sentido más amplio, hace referencia a la garantía
de que toda persona tiene el derecho de no ser privada de su libertad, salvo en los casos y
conforme a las modalidades establecidas previamente por la ley, se relaciona directamente con
la prohibición de detenciones y arrestos arbitrarios, tomando en consideración que ninguna
personal puede ser detenida sin una razón legalmente válida y sin haber sido informada
inmediatamente de las causas de su detención.
Revista Diversidad Científica Vol. 4 No. 2 Año 2024184
El derecho a la libertad personal ha sido reconocido en numerosos tratados y convenios
internacionales, la Declaración Universal de Derechos Humanos en su artículo 9º, prohíbe las
detenciones y arrestos arbitrarios, del mismo modo, el Pacto Internacional de Derechos Civiles
y Políticos, en su artículo 9º, prescribe las protecciones asociadas con la libertad personal.
Por tal motivo la libertad personal es un derecho esencial tendiente a garantizar el pleno disfrute
de otros derechos y libertades, su alcance no solo se limita a la prohibición de detenciones
arbitrarias, sino que también implica una serie de garantías procesales y sustantivas que
aseguran, incluso en situaciones donde la privación de libertad es legal, esta se realice
respetando la dignidad y los derechos del individuo.
En el contexto jurídico contemporáneo, con desafíos como el la migración y la seguridad
nacional, la protección efectiva del derecho a la libertad personal es crucial, siendo deber de los
Estados y de la comunidad internacional evitar su vulneración garantizando su pleno ejercicio.
Tratados y convenios relevantes a nivel internacional
La historia del derecho internacional ha sido testigo de innumerables transformaciones a lo largo
de los siglos, desde tiempos antiguos, las civilizaciones han buscado formas de cooperación
y entendimiento mutuo, es en este contexto que los tratados y convenios emergen como
herramientas esenciales para la diplomacia y la paz, facilitando la interacción entre naciones
y codificando relaciones bilaterales o multilaterales.
Estos instrumentos jurídicos, más que simples documentos, son reflejos de la evolución
política, económica y social de la comunidad internacional, representan el consenso alcanzado
por las naciones en temas de relevancia global, desde el comercio y la seguridad hasta los
derechos humanos y el medio ambiente, cada tratado, con sus preámbulos y articulados,
narra una parte de la historia del diálogo entre naciones.
La fuerza vinculante de los tratados radica en su carácter consensual, a diferencia de las leyes
internas de un país, donde el poder legislativo impone normas, en el ámbito internacional, los
Estados eligen voluntariamente adherirse a obligaciones, esta naturaleza consensual hace
que los tratados sean especialmente significativos, pues reflejan la voluntad soberana de las
naciones de comprometerse con determinadas normas y principios.
Más allá de su función normativa, los tratados también desempeñan un papel esencial
en la resolución de conflictos, los organismos y tribunales internacionales, como la Corte
Revista Diversidad Científica Vol. 4 No. 2 Año 2024185
Internacional de Justicia, a menudo se basan en tratados para dirimir disputas entre Estados,
estos documentos, al establecer reglas claras y acordadas, ayudan a prevenir conflictos y
promueven el diálogo diplomático.
Los tratados y convenios son pilares fundamentales del derecho internacional, desempeñando
roles cruciales en la formación de la estructura jurídica global, a medida que el mundo continúa
globalizándose y enfrentando desafíos compartidos, la importancia de estos instrumentos
jurídicos seguirá creciendo, reafirmando su relevancia en la construcción de un orden mundial
basado en la justicia, la cooperación y el respeto mutuo, a continuación, se citan algunos de
los tratados y convenios más relevantes a nivel internacional:
a. Carta de las Naciones Unidas (1945)
Es el tratado fundacional de las Naciones Unidas, que establece los principios y propósitos
de la organización, la Carta reconoce la soberanía de los Estados y promueve la solución
pacífica de disputas, la autodeterminación de los pueblos y la cooperación internacional.
b. Convenios de Ginebra (1949) y sus Protocolos Adicionales (1977)
Son tratados fundamentales en el derecho internacional humanitario que regulan la protección
de personas que no participan directamente en hostilidades, como prisioneros de guerra,
civiles y personal médico, durante conflictos armados.
c. Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o
Degradantes (1984)
Esta convención busca prevenir actos de tortura y obliga a los Estados a investigar, enjuiciar
y sancionar a los responsables de estos actos.
Los tratados y convenios internacionales constituyen los cimientos del orden jurídico
internacional, estos instrumentos configuran y delinean la estructura normativa que guía las
relaciones entre naciones, a través de su establecimiento y ratificación, los Estados reconocen
y se comprometen a adherirse a principios, reglas y normas comunes, garantizando así un
marco jurídico que busca el equilibrio y la justicia en el plano internacional.
A través de ellos se fomenta la cooperación entre naciones en un mundo caracterizado por
una diversidad cultural, tradiciones y sistemas políticos, estos instrumentos sirven como
puentes, facilitando el diálogo y la colaboración en temas de interés común. Asimismo,
refuerzan valores compartidos, como la paz, la justicia y los derechos humanos, creando un
ambiente propicio para que las naciones trabajen conjuntamente en la construcción de un
futuro inclusivo y equitativo.
Revista Diversidad Científica Vol. 4 No. 2 Año 2024186
Finalmente, estos ofrecen herramientas esenciales para resolver disputas entre Estados,
frente a conflictos o desacuerdos, brindando mecanismos pacíficos, como el arbitraje y la
mediación, para encontrar soluciones basadas en el derecho, además, al establecer tribunales
y cortes internacionales, se garantiza que cualquier controversia se aborde de manera justa
y objetiva, respetando los principios y compromisos previamente acordados por las partes
involucradas.
Corte Interamericana de Derechos Humanos
“La Corte Interamericana es uno de los tres tribunales regionales de protección de los
derechos humanos, conjuntamente con la Corte Europea de Derechos Humanos y la Corte
Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos. Es una institución judicial autónoma cuyo
objetivo es aplicar e interpretar la Convención Americana. La Corte Interamericana ejerce
una función contenciosa, dentro de la que se encuentra la resolución de casos contenciosos
y el mecanismo de supervisión de sentencias; una función consultiva; y la función de dictar
medidas provisionales”. (Corte Interamericana de Derechos Humanos, s.f.)
La Corte se compone de siete jueces, todos de nacionalidades distintas entre los Estados
miembros de la Organización de los Estados Americanos, son elegidos a título personal y no
representan a sus países de origen o residencia.
Los jueces son elegidos por la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos
por un período de seis años, y pueden ser reelegidos una vez, la elección se realiza a partir de
una lista de candidatos propuesta por los Estados miembros de la Organización de los Estados
Americanos. Los jueces de la Corte eligen, entre ellos, a un presidente y a un vicepresidente
por un periodo de dos años, pudiendo ser reelegidos una sola vez. La Corte cuenta con una
secretaría que presta apoyo técnico y administrativo a sus funciones.
a. Función Contenciosa: esta función es una de las más conocidas de la Corte, a través
de ella conoce y decide sobre casos en los que se alega que uno de los Estados
parte de la Convención ha violado uno o más derechos consagrados en ella, para
que un caso llegue a la Corte, es necesario que haya sido previamente tramitado ante
la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y que ésta decida elevarlo a la
jurisdicción de la Corte.
Revista Diversidad Científica Vol. 4 No. 2 Año 2024187
b. Función Consultiva: la Corte tiene competencia para dar opiniones consultivas sobre
la interpretación de la Convención Americana o de otros tratados concernientes a la
protección de los derechos humanos en los Estados Americanos, pueden consultar a
la Corte, los Estados miembros de la Organización de los Estados Americanos y, en
lo que les compete, los órganos de la Organización de los Estados Americanos.
c. Medidas Provisionales: en casos de extrema gravedad y urgencia, y cuando resulte
necesario según su criterio para evitar daños irreparables a las personas, la Corte
puede adoptar las medidas provisionales que considere pertinentes respecto a un
caso aún no sometido a su conocimiento.
d. Supervisión de Cumplimiento de Sentencias: una vez que la Corte emite una sen-
tencia, supervisa su cumplimiento, los Estados están obligados a informar sobre las
medidas adoptadas en cumplimiento de las sentencias y decisiones de la Corte, si el
Estado no cumple, la Corte puede informar a la Asamblea General de la Organización
de los Estados Americanos.
e. Desarrollo jurisprudencial: a través de sus sentencias y opiniones consultivas, la Corte
ha desarrollado una importante jurisprudencia en materia de derechos humanos,
siendo una referencia no solo en el continente americano sino también a nivel global.
Por tal motivo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos es un órgano esencial en la
protección y promoción de los derechos humanos en las Américas, a través de su estructura y
funciones, busca garantizar el respeto y la dignidad de todas las personas bajo la jurisdicción
de los Estados parte de la Convención Americana.
Jurisprudencia clave en relación con la libertad personal
Desde su creación, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha demostrado un firme
compromiso en la tarea de garantizar el respeto y la protección del derecho a la libertad
personal, a través de sus sentencias, ha abordado casos individuales de violaciones al
derecho a la libertad personal, estableciendo jurisprudencia vinculante.
Estos precedentes han clarificado las obligaciones de los Estados, delineando así las acciones
y políticas necesarias para prevenir detenciones arbitrarias, garantizar un proceso justo y
proporcionar reparaciones adecuadas a las víctimas, estos estándares han fortalecido los
Revista Diversidad Científica Vol. 4 No. 2 Año 2024188
sistemas judiciales nacionales, brindando herramientas para su adaptación y alineación a los
principios interamericanos.
Uno de los principales logros de la Corte ha sido la definición de la detención arbitraria,
mediante su jurisprudencia, ha dejado claro que la arbitrariedad no solo se refiere a detenciones
ilegales, sino también a aquellas que, aun siendo legales, pueden considerarse innecesarias o
desproporcionadas, esta perspectiva ampliada ha llevado a los Estados a reevaluar y reformar
sus prácticas y legislaciones, poniendo en el centro los derechos y libertades de las personas.
La Corte también ha tenido un papel activo en la supervisión de la implementación de sus
sentencias, al garantizar el cumplimiento por parte de los Estados miembros, refuerza la
efectividad del sistema interamericano y asegura que los principios y estándares que ha
establecido se traduzcan en cambios reales en la vida de las personas. La continuidad de
este seguimiento es esencial para consolidar las ganancias en materia de derechos humanos
y garantizar que las violaciones no se repitan.
Es vital reconocer su impacto en la conciencia colectiva del continente, al llevar casos
emblemáticos y emitir sentencias trascendentes, la Corte ha educado y sensibilizado a la
población sobre la importancia de la libertad personal, esta labor educativa, combinada con
su función jurisdiccional, ha cimentado un pilar en la defensa y promoción de los derechos
humanos en América. A continuación, se expondrán algunas decisiones clave en relación con
la libertad personal:
a. Caso de la Penitenciaría de Mendoza versus Argentina (2013): este caso versó sobre
las condiciones de detención inhumanas y degradantes de las personas privadas de
libertad en la Penitenciaría de Mendoza, la Corte estableció que las condiciones de
detención deben ser compatibles con la dignidad humana y que el Estado tiene la
obligación de garantizar la salud y bienestar de los detenidos.
b. Caso Chaparro Álvarez y Lapo Íñiguez versus Ecuador (2007): la Corte abordó el
tema de las detenciones arbitrarias y el debido proceso, en este caso, se encontró
que Ecuador vulneró los derechos de los señores Chaparro Álvarez y Lapo Íñiguez
al mantenerlos detenidos preventivamente por un período excesivo sin justificación
suficiente.
c. Caso López Álvarez versus Honduras (2006): esta sentencia es relevante en relación
con la detención de personas pertenecientes a grupos étnicos minoritarios, la Corte
determinó que la detención de López Álvarez, miembro de la comunidad Garífuna,
fue discriminatoria y carecía de fundamentos legales.
Revista Diversidad Científica Vol. 4 No. 2 Año 2024189
d. Caso Cabrera García y Montiel Flores versus México (2010): aquí, la Corte analizó
las detenciones arbitrarias en contextos de operativos militares, se determinó que
la detención de Cabrera García y Montiel Flores por parte del Ejército mexicano fue
arbitraria y que se empleó tortura en su contra.
e. Caso Acosta Calderón versus Ecuador (2005): este caso es esencial al abordar la
detención preventiva, la Corte señaló que el señor Acosta Calderón estuvo detenido
preventivamente por un período que excedió lo razonable, violando su derecho a la
libertad personal.
f. Caso Velásquez Rodríguez versus Honduras (1988): aunque este caso se enfocó
principalmente en las desapariciones forzadas, sentó un precedente esencial en
cuanto a la obligación de los Estados de prevenir, investigar y sancionar las violaciones
al derecho a la libertad personal.
Las decisiones dictadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos evidencian
un sólido y constante compromiso con la defensa del derecho a la libertad personal en el
continente americano, a través de sus fallos, se busca reparar a las víctimas de violaciones,
estas sentencias, además de tener un valor jurídico, poseen un carácter pedagógico que
reafirma la esencia de los tratados internacionales en materia de derechos humanos.
Es crucial contar con mecanismos supranacionales que actúen como garantes y supervisores
de la protección de los derechos fundamentales, estos organismos, como la Corte, tienen el
propósito de asegurar que los Estados cumplan con sus obligaciones internacionales y no
releguen o vulneren derechos básicos, estos mecanismos también ofrecen una plataforma de
apelación y reparación para aquellos casos en los que los sistemas judiciales nacionales no
logran administrar justicia adecuadamente.
La libertad personal no es solo un derecho consagrado en tratados y convenios; es el cimiento
sobre el que se construyen sociedades justas y democráticas, sin la garantía de este derecho,
otros derechos civiles y políticos pueden verse amenazados o anulados. Es por ello que
su protección trasciende y se convierte en un asunto de interés colectivo, cada Estado de
derecho debe reconocer la primacía de la libertad personal y tomar las medidas necesarias
para asegurar su protección y promoción constante.
Revista Diversidad Científica Vol. 4 No. 2 Año 2024190
Conclusión
A través de sus sentencias, ha establecido criterios claros y contundentes contra prácticas
como las detenciones arbitrarias, desapariciones forzadas y otras formas de restricción ilegal
de la libertad, reforzando así el imperativo de respetar y garantizar este derecho fundamental,
la jurisprudencia de la Corte no solo ha ofrecido reparaciones a las víctimas de violaciones a
su libertad personal, sino que ha impulsado cambios normativos y prácticos en los Estados
miembros, al orientar la reforma de legislaciones nacionales y la capacitación de operadores
judiciales y fuerzas del orden.
La Corte ha contribuido de manera significativa a la creación de una cultura jurídica en la
región que prioriza el respeto a la libertad personal como pilar de los sistemas democráticos,
el alcance de la Corte Interamericana trasciende lo jurídico, su jurisprudencia ha servido como
herramienta para organizaciones de la sociedad civil y defensores de derechos humanos,
fortaleciendo sus esfuerzos de promoción y defensa en el ámbito local e internacional, en este
sentido, la influencia de la Corte en el tema de libertad personal se convierte en un testimonio
de la interconexión entre la justicia internacional y los esfuerzos nacionales por proteger los
derechos humanos.
Referencia
Oficina del Alto Comisionado para los derechos humanos. (10 de diciembre de 1984). Convención
contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes https://www.
ohchr.org/sites/default/files/cat_SP.pdf
Caso López Álvarez Vs. Honduras. Juicio. (1 de febrero de 2006). https://www.corteidh.or.cr/
docs/casos/articulos/seriec_141_esp.pdf
Caso Mendoza y otros Vs. Argentina. Juicio. (14 de mayo de 2013). https://www.corteidh.or.cr/
docs/casos/articulos/seriec_260_esp.pdf
Caso Chaparro Álvarez y Lapo Íñiguez Vs. Ecuador. Juicio. (21 de noviembre de 2007). https://
www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_170_esp.pdf
Caso Cabrera García y Montiel Flores Vs. México. Juicio. (26 de noviembre de 2010). https://
www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_220_esp.pdf
Revista Diversidad Científica Vol. 4 No. 2 Año 2024191
Caso Acosta Calderón Vs. Ecuador. Juicio. (24 de junio de 2005). https://www.corteidh.or.cr/
docs/casos/articulos/seriec_129_esp1.pdf
Caso Velásquez Rodríguez Vs. Honduras. Juicio. (29 de julio de 1988). https://www.corteidh.
or.cr/docs/casos/articulos/seriec_04_esp.pdf
Corte Interamericana de Derechos Humanos. (s.f.). ¿Qué es la Corte IDH? https://www.corteidh.
or.cr/que_es_la_corte.cfm
Corte Interamericana de Derechos Humanos. (s.f.). Cuadernillo de jurisprudencia de la Corte
Interamericana de Derechos Humanos No 8: Libertad Personal. Ministerio de Relaciones
Exteriores de Dinamarca DANIDA Cooperación Internacional al Desarrollo. https://archivos.
juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/10/4567/11.pdf
International Committee of the Red Cross Library. (1949). Convenios de Ginebra del 12 de
agosto de 1949 para la protección de las víctimas de la guerra. https://library.icrc.org/
library/docs/CD/CG_1949_SPA_ES.pdf
Naciones Unidas Paz, dignidad e igualdad en un planeta sano. (1945). Carta de las Naciones
Unidas. https://www.un.org/es/about-us/un-charter/
Oficina del Alto Comando Naciones Unidas Derechos Humanos. (1977). Protocolo Adicional a los
Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo a la Protección de las Víctimas de los
Conflictos Armados Internacionales. https://www.ohchr.org/es/instruments-mechanisms/
instruments/protocol-additional-geneva-conventions-12-august-1949-and
Sobre la autora
Erminda Marisol Díaz Méndez
Estudiante del último año del Doctorado en Derecho Penal y Procesal Penal del Centro
Universitario de Oriente de la Universidad de San Carlos de Guatemala. Es Licenciada en
Ciencias Jurídicas y Sociales y Abogada y Notaria egresada de la Universidad Mariano Gálvez
de Guatemala.
Revista Diversidad Científica Vol. 4 No. 2 Año 2024192
Declaración de intereses
Declara no tener ningún conflicto de intereses, que puedan haber influido en los resultados
obtenidos o las interpretaciones propuestas.
Declaración de consentimiento informado
El estudio se realizó respetando el Código de ética y buenas prácticas editoriales de publicación.
Derechos de uso
Copyright (c) 2024 Erminda Marisol Díaz Méndez
Este texto está protegido por una licencia CreativeCommons 4.0.
Usted es libre para compartir, copiar y redistribuir el material en cualquier medio o formato
y adaptar el documento, remezclar, transformar y crear a partir del material para cualquier
propósito, incluso comercialmente, siempre que cumpla la condición de atribución: usted
debe reconocer el crédito de una obra de manera adecuada, proporcionar un enlace a la
licencia, e indicar si se han realizado cambios. Puede hacerlo en cualquier forma razona-
ble, pero no de forma tal que sugiera que tiene el apoyo del licenciante o lo recibe por el
uso que hace.