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La presunción de inocencia y los medios de comunicación
en Guatemala
Revista Diversidad Científica Vol. 4 No. 2 Año 2024
Artículo Científico
The presumption of innocence and the media in Guatemala
Madelyn Susely Villagrán Sagastume
Maestría en Derecho Penal
Universidad de San Carlos de Guatemala
[email protected]
https://orcid.org/0009-0001-9003-1200
Resumen
OBJETIVO: Analizar la repercusión que tienen los medios de comunicación, con
un enfoque centralizado en las redes sociales, en la presunción de inocencia de
las personas implicadas en procesos penales. MÉTODO: El método utilizado
para la investigación es analítico, descriptivo y sintético. RESULTADOS:
Los principales resultados de la investigación refieren a la implicación de
los medios de comunicación y el principio de presunción de inocencia, que
pueden provocar la condena social anticipada ante la información publicada
en las redes sociales. El alcance masivo influye en la opinión pública, que
genera no solo estigmatización de la persona sino también el linchamiento
mediático y discriminación de la persona señalada presuntamente de cometer
un delito. CONCLUSIÓN: El principio de presunción de inocencia es una
garantía fundamental reconocida a nivel internacional, con las publicaciones
relacionadas con hechos delictivos emitidas por medios de comunicación,
principalmente en redes sociales, se determina que tiene como consecuencia
la vulneración del principio de presunción de inocencia. Por lo que, se perpetra
una condena social anticipada en contra del presunto delincuente, y, aun en el
caso que sea absuelto en sentencia firme, el etiquetamiento realizado en su
contra le alcanzará a lo largo de su vida personal y profesional.
Recibido: 15/02/2024
Aceptado: 16/05/2024
Publicado: 15/07/2024
Referencia del artículo
Villagrán Sagastume, M. S. (2024). La presunción de inocencia y
los medios de comunicación en Guatemala.
Revista Diversidad
Científica, 4(2), 67–75.
DOI: https://doi.org/10.36314/diversidad.v4i2.129
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Palabras clave: presunción de inocencia, medios de comunicación,
etiquetamiento, condena social anticipada
Abstract
OBJECTIVE: To analyze the impact that the media, with a centralized focus
on social networks, has on the presumption of innocence of people involved
in criminal proceedings. METHOD: The method used for the research is
analytical, descriptive and synthetic. RESULTS: The research´s main
results refer to the media´s involvement and the presumption of innocence
principle, which can cause anticipated social condemnation in the face of
information published on social networks. The massive scope influences
public opinion, which generates not only stigmatization of the person
but also media lynching and discrimination against the person allegedly
accused of committing a crime. CONCLUSION: The presumption of
innocence principle is a fundamental guarantee recognized internationally.
With publications related to criminal acts issued by the media, mainly on
social networks, it is determined that it has as a consequence the violation
of the presumption of innocence principle. Therefore, an anticipated social
condemnation is perpetrated against the alleged offender, and even in case
he is acquitted in a firm sentence, the labeling made against him will reach
him throughout his personal and professional life.
Keywords: presumption of innocence, media, labeling, anticipated social
condemnation
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Introducción
El tema acerca de la presunción de inocencia y los medios de comunicación en Guatemala,
esencialmente en redes sociales, que se explica en el presente ensayo científico, es muy
importante debido al control que ejercen los medios de comunicación en la opinión pública,
que puede traer como consecuencia la vulneración al principio de presunción de inocencia.
“Las redes sociales son el reflejo de una nueva época que desafía a los medios, y que también
está desafiando en general la forma que tenemos de comunicarnos…se trata de un fenómeno
en evolución… de alcance inconmensurable” (Aguirre Romano, 2016, p. 104).
La información con relación a hechos delictivos que brindan periodistas locales, nacionales
e internacionales en las distintas plataformas de redes sociales, dan lugar a distintos tipos
de comentarios que en su mayoría son en detrimento de la persona, basados en la escueta
información que se brinda en noticia, creando discusiones sin sentido, ni argumentos,
que provoca una condena social anticipada de la persona, que desde ese momento es
etiquetada como presunto autor responsable del delito, generando linchamiento mediático y
discriminación.
El objetivo del manuscrito, que se origina con base en la realidad actual de acuerdo con
los avances tecnológicos y al estudio de grado de maestría en derecho penal, se centra
en examinar cómo la divulgación de la información por medios de comunicación en redes
sociales influye en la opinión pública concerniente a la inocencia o culpabilidad del presunto
autor del delito, antes que haya sido procesado y juzgado por el órgano judicial respectivo y
pronunciada la sentencia condenatoria en su contra.
Materiales y métodos
El método utilizado para la investigación es analítico, descriptivo y sintético.
Resultados y discusión
Presunción de inocencia
La presunción de inocencia es un derecho primordial que encuentra su asidero legal en
el marco constitucional del Estado de Derecho e internacionalmente mediante Convenios
Internacionales en materia de Derechos Humanos, consiste en que toda persona es
considerada inocente hasta que se demuestre su culpabilidad en un proceso legal previamente
establecido, se dicte sentencia y la misma se encuentre firme, esto con el objeto de garantizar
los derechos y la dignidad de las personas involucradas en un proceso judicial. “Esta garantía
fundamental consiste en que toda persona se presume inocente y debe ser tratada como
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tal mientras no quede firme una decisión definitiva sobre su responsabilidad penal...” (Piva
Torres, 2020, p. 32).
La Constitución Política de la República de Guatemala (1985) en el artículo 14, regula la
presunción de inocencia estableciendo que, todas las personas son consideradas inocentes
hasta que se les declare judicialmente responsables en una sentencia firme. De igual manera,
en el artículo 14 del Código Procesal Penal (1992) se establece que el acusado debe ser
tratado como inocente durante todo el proceso, hasta que una sentencia firme lo declare
responsable y le imponga una pena o medida de seguridad y corrección.
Medios de comunicación
Los medios de comunicación desarrollan un papel preponderante en la sociedad, históricamente
han sido reconocidos como uno de los poderes facticos que podemos encontrar en un territorio
determinado, esencialmente por la capacidad de informar a todas las personas sobre los sucesos
actuales y ser entes generadores de opinión pública, esto conlleva a que sean considerados
como el cuarto poder, además de los tres poderes del Estado (Ejecutivo, Legislativo y Judicial),
porque el control e influencia en la opinión pública puede generar consecuencias en asuntos
judiciales, a tal grado como la posible vulneración al principio de inocencia.
Actualmente con los avances tecnológicos y el derecho a la libertad de expresión, existen
distintos medios de comunicación como: radio, televisión, periódicos, internet y redes sociales,
siendo estas últimas de gran transcendencia e impacto en la sociedad, contemporáneamente
existe un desplazamiento de los medios tradicionales de información debido a que hoy en
día la mayoría de la población se informa por medio de redes sociales, lo que da lugar que
las personas formulen y externen opiniones que hallan en acusaciones públicas (mediante
comentarios públicos en las páginas de redes sociales) en contra de presuntos responsables
de cometer hechos delictivos.
De acuerdo con López Bentacourt y Fonseca Luján (2012), expresan sobre los medios de
comunicación y las herramientas tecnológicas que:
Dichas herramientas tecnológicas, creadas con el fin de proporcionar una vía para
la transmisión, se han convertido en la actualidad en auténticas instituciones sociales;
de modo que la expresión medios de comunicación, además de incluir los dispositivos
mecánicos o electrónicos que posibilitan su transmisión de mensajes, abarca también
estructuras y procesos sociales que se han constituido en torno a dichas herramientas y
su actividad. (p. 6)
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Como se ha mencionado que los medios de comunicación ocupan un papel importante en
la sociedad, por la efectiva expansión y alcance de transmitir la información sobre hechos
que ocurren a nivel nacional e internacional, por lo que es imprescindible que los periodistas
actúen conforme a las normas éticas y profesionales al momento de difundir información,
pues la sociedad tiene la confianza en los datos que comparten, sin que la información que
comunican sea cuestionada por falta de veracidad, por esos motivos deben ser imparciales y
que la fuente sea fidedigna, para la autenticidad de lo que publican.
En un Estado democrático, los ciudadanos demandan que sean informados como recurso
indispensable, pero no recibir información de cualquier clase, sino comunicaciones de
calidad, en el que los medios de comunicación actúen conforme a la ética profesional (Aguirre
Romano, 2016).
El medio de comunicación más utilizado actualmente son las redes sociales, puesto que la
información se esparce de forma rápida y con gran alcance con los usuarios de las distintas
plataformas como Facebook, Twitter, Whatsapp, entre otras redes sociales. De esa cuenta,
las facilidades de compartir y viralizar la información contenida en las páginas sociales de
noticieros locales, nacionales o internacionales, generan que las personas de distintos países
a nivel mundial prejuzguen a presuntos delincuentes antes que los tribunales de justicia,
por consiguiente, la influencia de las redes sociales en la opinión pública puede provocar
consecuencias y efectos en los procesos penales.
Teoría del etiquetamiento (labeling approach)
La teoría del etiquetamiento o labeling approach en inglés, es un tema estudiado por la
criminología y la sociología, que describe cómo las etiquetas y los prejuicios sociales
predominan en la conducta de las personas, así como en la forma que son percibidas por la
sociedad y el trato hacia a ellas, que puede llegar a la discriminación, falta de oportunidades
laborales y profesionales. En el caso que, una persona presuntamente cometió un acto
tipificado como delito, es etiquetada como delincuente, esta etiqueta puede causar perjuicios
en la identidad y comportamiento de la persona.
El autor Becker (2009) explica sobre los actos desviados y el etiquetamiento:
Que un acto desviado o no depende entonces de la forma en que los otros reaccionan
ante él…El simple hecho de que alguien haya cometido una infracción a la regla no implica
necesariamente que los otros, aun sabiéndolo, respondan ante el hecho consumado. (p. 31)
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En el momento que una persona es etiquetada como delincuente, puede ocasionar la
desacreditación y discriminación social, debido a que la sociedad los trata de forma distinta, según
esta teoría de etiquetamiento, la persona etiquetada puede empezar a comportarse conforme
a la etiqueta que la sociedad le ha dado, en consecuencia, involucrarse en comportamientos
delictivos. Asimismo, el sistema de justicia es importante en el proceso de etiquetamiento, como
la policía, órganos jurisdiccionales en materia penal y otras entidades públicas.
Los medios de comunicación también forman parte en el proceso de etiquetamiento social,
porque de acuerdo con la información publicada y la manera en que redactan el título de la
noticia favorece a la ampliación de estereotipos sociales, mediante la difusión de la publicación
en las distintas plataformas de las redes sociales como Facebook y Twitter, las etiquetas se
difunden apresuradamente y pueden ser admitidas como verdades absolutas, esto genera la
infamación y discriminación social de la persona etiquetada.
La condena social anticipada
La condena social anticipada es un escenario el que la sociedad juzga y condena a una
persona previamente sin que se hayan desarrollado las etapas del debido proceso, en el
cual se confirme su inocencia o culpabilidad de manera definitiva. Esta condena que realiza
la sociedad se basa en la información que brindan los medios de comunicación al difundir
noticias, creando diversas opiniones que fomentan el prejuicio, que etiquetan y estigmatizan
al presunto responsable.
El principio de presunción de inocencia es un derecho humano individual regulado en el
sistema legal guatemalteco, que consiste en que todas las personas deben ser tratadas como
inocentes, hasta que un juicio legal pruebe la responsabilidad penal y la decisión que se emita
por el juez respectivo se encuentre firme, es decir, que no esté pendiente ningún recurso
en contra de tal decisión. La finalidad principal por la que se protege este principio es para
garantizar un proceso justo y salvaguardar la dignidad humana para que la persona no sea
estigmatizada.
Las noticias en redes sociales
La evolución de las redes sociales ha traído consigo la posibilidad de ser un medio informativo,
hace las veces de noticieros que atienden a la dinámica de a mayor número de seguidores
mayor difusión y, al igual que los medios tradicionales tiene su rentabilidad por medio de la
publicidad, que tiene como clientes de dicha publicidad a personas o empresas que buscan
ofrecer sus productos, servicios o emitir contenido útil para la sociedad.
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Sin embargo, a diferencia de los medios tradicionales muchos de estos canales informativos
son producidos por periodistas empíricos y como producto de ese empirismo también se
puede generar desinformación a gran escala, por la poca o nula veracidad del contenido
que comparten en perfiles sociales los medios de comunicación, la desinformación también
atiende a la falta de seriedad y profesionalismo del creador de contenido noticioso, que en
busca de mayores utilidades puede caer en el sesgo de la información amarillista o peor aún
falsa información pues, aunque se haya compartido la noticia masivamente por los seguidores
no significa que la información sea veraz.
A pesar de ello, los avances tecnológicos han facilitado la información, con el uso masivo
de redes sociales se pueden obtener datos de forma rápida, pero, la mayoría de los medios
de comunicación asiduamente se adelantan en comunicar acerca de transgresiones a la ley
penal antes de que se haya realizado el proceso penal respectivo. Muchos periodistas en su
ambición que el contenido publicado sea viralizado y tengan numerosos seguidores en las
redes sociales pueden llegar a comunicar datos incompletos, especulativos o inventados,
esto facilita la condena social anticipada.
La sociedad puede emitir críticas y prejuicios con base en la información publicada por los
medios de comunicación, lo que genera el etiquetamiento que habla Becker, que tiene como
consecuencia la condena social anticipada, que da lugar a la estigmatización, linchamiento
mediático y la discriminación social de la persona acusada. Aun cuando la persona se declare
inocente en un proceso legal y en sentencia firme, siempre traerá consigo la etiqueta atribuida
por la sociedad misma, ni siquiera por los medios de prueba aportados al proceso o los
hechos acontecidos en el caso, sino por el señalamiento que gestó el prejuicio en los medios
de comunicación.
Por lo expresado anteriormente, se determina la importancia del poder de influencia en la
opinión pública que tienen los medios de comunicación, por lo que deben ser conscientes
sobre las consecuencias que puede producir la información que publican, sobre todo cuando
la misma, está incompleta, parcializada, emiten conjeturas erróneas o publican títulos
amarillistas. Por consiguiente, las notas compartidas por los periodistas deben ser conforme
a la ética profesional, en el que se respete el derecho a la presunción de inocencia y evitar
compartir noticias sensacionalistas.
Conclusión
La información que publican los medios de comunicación en las plataformas de redes
sociales incide en gran manera con la opinión pública, al grado que, se transgrede el principio
de presunción de inocencia, debido a la diversidad de comentarios emitidos por distintos
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usuarios se genera el etiquetamiento del presunto responsable, así como estigmatización,
linchamiento mediático y discriminación. Es por ello, la importancia que, los periodistas actúen
de conformidad con las reglas de la ética profesional y no se excedan en el uso de su derecho
a la libertad de expresión, pues ningún derecho es absoluto.
Referencias
Aguirre Romano, M. J. (2016). Ética de los medios de comunicación. Primera edición digital.
Barcelona: Herder Editorial. https://elibro.net/es/lc/upana/titulos/116915
Asamblea Nacional Constituyente (1985). Constitución Política de la República de Guatemala.
Guatemala: Diario Oficial de Centro América.
Becker, H. (2009). Outsiders hacia una sociología de la desviación. España: Siglo veintiuno
editores. https://saltonverde.com/wp-content/uploads/2017/09/08-Outsider.pdf
Congreso de la República de Guatemala (1992). Código Procesal Penal. Guatemala. Guatemala:
Diario Oficial de Centro América.
López Betancourt, E. y Fonseca Luján, R. (2012). Medios de comunicación y derecho. Primera
edición. México: Iure editores. https://elibro.net/es/lc/upana/titulos/40201
Piva Torres, G. E. (2020). Presunción de inocencia. Primera Edición. Quito, Ecuador: Corporación
de estudios y publicaciones. https://elibro.net/es/lc/upana/titulos/130125
Sobre la autora
Madelyn Susely Villagrán Sagastume
Es Licenciada en Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogada y Notaria, egresada del Centro
Universitario de Oriente de la Universidad de San Carlos de Guatemala, pensum cerrado en
Maestría en Derecho Penal realizó la investigación en el año 2016 denominada la ejecución
de órdenes de libertad en el Centro de Detención Preventiva para hombres y mujeres –Los
Jocotes- del departamento de Zacapa.
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Financiamiento de la investigación
Con recursos propios.
Conflicto de intereses
Declara no tener ningún conflicto de intereses.
Declaración de consentimiento informado
El estudio se realizó con fines educativos, respetando el Código de ética y buenas prácticas
editoriales de publicación.
Derechos de uso
Copyright (c) 2024 Madelyn Susely Villagrán Sagastume
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